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Piden que prestadores de servicio de hospedaje implementen un registro de niñas, niños y adolescentes para garantizar su seguridad

Por: Redacción
marzo 1, 2026
En Política
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Piden que prestadores de servicio de hospedaje implementen un registro de niñas, niños y adolescentes para garantizar su seguridad
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El diputado Ernesto Sánchez Rodríguez (PAN) propuso que los prestadores de servicios de hospedaje, incluyendo hoteles, moteles y plataformas digitales de alojamiento, implementen un registro administrativo obligatorio de niñas, niños y adolescentes que se hospeden en sus instalaciones, con el fin de fortalecer las medidas de prevención, trazabilidad y protección del interés superior del menor.

Mediante una iniciativa, turnada a la Comisión de Turismo, que plantea adicionar los artículos 59 Bis y 73 Bis de la Ley General de Turismo, precisa que el registro deberá ser realizado por la persona mayor de edad que acompañe al menor, quien estará obligada a proporcionar sus datos de identificación oficial vigente; declarar el parentesco o vínculo jurídico con el menor, ya sea por patria potestad, tutela, guarda y custodia, o parentesco consanguíneo o por afinidad.

Asimismo, manifestar el motivo del hospedaje, y registrar los datos básicos del menor, consistentes únicamente en su nombre completo y edad.

La información recabada será tratada de manera confidencial y segura, conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, y deberá conservarse únicamente por el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad de protección, conforme a los lineamientos que emita la Secretaría de Turismo, detalla.

Destaca que la negativa injustificada a proporcionar la información mínima necesaria para la integración del registro impedirá la prestación del servicio de hospedaje, sin perjuicio de las obligaciones de aviso y coordinación con las autoridades competentes previstas en otras disposiciones legales.

Además, los prestadores de servicios estarán obligados a poner la información a disposición de las autoridades competentes, exclusivamente cuando sea requerida para la prevención, investigación o atención de hechos que puedan constituir un riesgo para niñas, niños y adolescentes.

Las infracciones a lo establecido en el artículo 59 Bis de esta Ley, relativas a la omisión del registro obligatorio de niñas, niños y adolescentes en servicios de hospedaje, se sancionarán con multa de hasta quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento en que se cometa la infracción.

En caso de reincidencia, además de la multa, podrá imponerse la suspensión temporal de la autorización o registro del prestador de servicios turísticos, incluyendo plataformas digitales de alojamiento, hasta por un plazo de noventa días.

Establece que cuando la omisión derive en un riesgo comprobado de trata, explotación o desaparición de niñas, niños o adolescentes, la sanción podrá extenderse a la cancelación definitiva de la autorización o registro correspondiente, sin perjuicio de las responsabilidades penales que resulten aplicables.

En la exposición de motivos refiere que diversos informes internacionales han advertido que los espacios de hospedaje sin regulación adecuada pueden ser utilizados por redes criminales para ocultar a víctimas, trasladarlos entre ciudades o incluso explotarlas dentro de los mismos inmuebles, lo que constituye un riesgo latente para la infancia.

El legislador asegura que la reforma contribuirá a homologar las obligaciones de hoteles y plataformas digitales, evitando que existan vacíos legales que puedan ser aprovechados por quienes buscan vulnerar los derechos de los menores.

La iniciativa también fortalecerá la coordinación institucional entre la Secretaría de Turismo, el Sistema Nacional DIF y la Guardia Nacional para que trabajen de manera conjunta y supervisen el cumplimiento de la obligación de registro, recibir alertas preventivas y actuar de manera inmediata en caso de irregularidades.

Plantea que el registro propuesto no busca criminalizar la convivencia familiar ni generar cargas excesivas para las y los usuarios, sino implementar un mecanismo sencillo y proporcional que permitirá identificar a los adultos responsables, establecer el vínculo jurídico o de parentesco y dejar constancia del motivo del hospedaje.

“La aprobación de esta iniciativa será un paso decisivo hacia la construcción de un marco normativo más justo, seguro y protector de los derechos de niñas, niños y adolescentes en México”, puntualiza.

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