Especialistas del sector salud, la academia y el ámbito legislativo analizaron los avances y retos de la digitalización del sistema de salud en México, y la protección de los datos personales sensibles en el entorno sanitario.
Lo anterior durante el foro «Transformación digital en salud. Ley General de Salud y Protección de Datos Personales», organizado por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN), secretario de la Comisión de Salud, quien subrayó la importancia de avanzar en la digitalización de los servicios de salud para garantizar este derecho con equidad, calidad y oportunidad.
Noemí Quiroz González, del Centro de Estudios e Investigación en Análisis de Políticas Públicas (CEIAP), realizó un diagnóstico sobre el estado actual de la digitalización del sistema de salud en México.
Señaló que, si bien algunos estados ya han avanzado en la incorporación de herramientas tecnológicas, los progresos siguen siendo fragmentados y desiguales: se están digitalizando partes del sistema, pero aún no se construye un verdadero sistema digital de salud nacional.
Sostuvo que la transformación digital en salud no consiste únicamente en incorporar tecnología. Exige fortalecer capacidades institucionales, garantizar conectividad, asegurar la interoperabilidad entre plataformas, establecer una gobernanza de datos sólida, desarrollar esquemas de ciberseguridad y contar con personal capacitado, con especial atención a las comunidades que enfrentan las mayores brechas de acceso.
En ese sentido, Quiroz González enfatizó que la reforma a la Ley General de Salud representa una oportunidad decisiva, pero sus disposiciones deberán traducirse en estándares comunes, responsabilidades claras e indicadores que permitan medir su cumplimiento en las 32 entidades federativas.
“Para lograrlo, México necesita un modelo federado de salud digital con rectoría nacional, ejecución territorial y coordinación permanente entre la Federación, los estados y las instituciones de salud. El objetivo final es que la calidad y la continuidad de la atención no dependan del lugar donde vive cada persona”, manifestó.
A su vez, Gustavo Ross, de Transform Health México, planteó la necesidad de medir la madurez de la salud digital con mayor precisión. Medir solo a nivel nacional no basta; es indispensable bajar hasta el estado y hasta la unidad médica para identificar dónde invertir primero y con mayor impacto.
Para ello, dijo, ya existe un marco metodológico disponible: tres pilares, 12 dimensiones y una escala de madurez única, aplicable en cualquier entidad sin necesidad de desarrollar instrumentos nuevos. Este marco permite calcular el retorno de inversión de forma específica para cada tipo de tecnología y etapa del proyecto, con criterios claros que van más allá de un ROI (Retorno de Inversión) genérico.
Aseguró que la reforma a la Ley General de Salud de enero de 2026 ya abrió la puerta: crea un plan maestro de infraestructura en salud que hoy se refiere principalmente a infraestructura física. Este marco de medición es la vía concreta para extenderlo también a la infraestructura digital.
Para cerrar el círculo, comentó, se identificaron cuatro piezas aún pendientes: infraestructura digital con estándares mínimos, un piso de capacitación exigible, una gobernanza de datos con obligaciones verificables, y las condiciones normativas e institucionales para invertir en inteligencia artificial clínica con resultados medibles.
En su oportunidad, Carlos Arias Guzmán, asesor parlamentario, se refirió a la protección jurídica de los datos de salud, genéticos y biométricos como categorías de información personal que el ordenamiento mexicano protege con especial intensidad, dado que su exposición suele ser irreversible: nadie puede modificar su ADN ni sus huellas dactilares.
“Su filtración no consentida puede traducirse en discriminación laboral, exclusión de servicios y daños permanentes a la dignidad de las personas. Por ello, su protección es un imperativo de derechos humanos, no una cuestión meramente técnica. La reforma a la Ley General de Salud de enero de 2026 sienta las bases del expediente clínico electrónico interinstitucional. El marco formal existe; el problema es su eficacia y aplicación”.
Explicó que el diagnóstico comparado con el Reglamento europeo, el Convenio 108+, el Marco Iberoamericano y la Ley Modelo de Transform Health revela siete brechas estructurales que el Congreso debe atender: la ley no define operativamente los conceptos de dato biométrico ni dato genético; no existe regulación para el uso de inteligencia artificial en entornos clínicos y falta una evaluación de impacto diferenciada para el sector salud.
Además, agregó, la figura del Delegado de Protección de Datos —obligatoria en el Reglamento europeo— está ausente del ordenamiento mexicano; no existe un régimen federal para bancos de datos genéticos; la CURP biométrica y el Padrón Único de Identidad colisionan con la jurisprudencia de la SCJN (AI 82/2021), que declaró inconstitucional la recolección masiva de datos biométricos sin salvaguardas suficientes; y el traslado de atribuciones del Inai a la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno compromete la independencia funcional de la autoridad garante.
“Las reformas requeridas son técnicamente viables: definir las tres categorías en la ley; hacer obligatoria la evaluación de impacto en salud; crear el Delegado de Protección de Datos sectorial; actualizar las NOM-004 y NOM-024 con estándares de interoperabilidad; establecer un régimen federal para datos genéticos; y garantizar la independencia orgánica de la UPDP. México protege los datos sensibles en el papel; la tarea del Congreso es hacerlo efectivo en la práctica”, finalizó.








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