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Home Nacional

El gobierno no podrá fomentar el voto judicial; INE emite nuevos lineamientos

Por: Redacción
marzo 30, 2025
En Nacional, Nacionales, Portada
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INE pide al Senado corregir errores en listados de candidatos a la elección Judicial
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El Instituto Nacional Electoral (INE) prohibió que los gobiernos federal, estatales o municipales llamen a la ciudadanía a acudir a las urnas en la elección del Poder Judicial, el 1 de junio.

Se debe prohibir que estas personas, servidores públicos no candidatos, autoridades e instituciones públicas, puedan promover el voto, la participación ciudadana en la elección o crear espacios para la difusión de los perfiles de las candidaturas”, dijo el consejero Arturo Castillo en la sesión extraordinaria del Consejo General realizada ayer, a unas horas del inicio de las campañas judiciales.

Explicó que la decisión se basa en que la promoción del voto es una atribución exclusiva del INE y, además, el artículo 506 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales prohíbe el uso de recursos públicos para promoción y propaganda relacionadas con los procesos de elección de integrantes del Poder Judicial.

El pasado jueves, en la conferencia matutina en Palacio Nacional, se presentó un spot del gobierno federal en el que invita a la población a participar en la elección de jueces, magistrados y ministros.

GOBIERNOS, IMPEDIDOS A PROMOVER VOTO: INE
A unas horas del inicio de las campañas electorales para elegir a los próximos jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial de la Federación (PJF), el Instituto Nacional Electoral (INE) prohibió que los gobiernos federal, estatal y municipal, así como cualquier institución pública o funcionario promuevan el voto.

También avaló distintos criterios para garantizar que tanto las campañas, como la veda electoral, se ajusten a los principios de imparcialidad y equidad.

Así, deberá cancelarse la difusión que realiza la Presidencia y funcionarios para explicar, el proceso, cómo son las boletas, cómo votar y llamar a la participación.

Sí, me parece que es importante prever expresamente un apartado en el que se regulan las obligaciones en materia de equidad de las personas servidores públicos no candidatas, así como de autoridades e instituciones públicas… se debe prohibir que estas personas, servidores públicos no candidatas, autoridades e instituciones públicas, puedan promover el voto, la participación ciudadana en la elección o crear espacios para la difusión de los perfiles de las candidaturas”, dijo el consejero del INE, Arturo Castillo Loza .

Señaló que esta decisión se tomó por dos razones: primero, porque ésta es una atribución exclusiva del Instituto Nacional Electoral, en términos del artículo 504, fracción XIII, de la LGIPE; y dos, porque el artículo 506 señala: “queda prohibido el uso de recursos públicos para multas de promoción y propaganda relacionados con los procesos de elección de personas integrantes del Poder Judicial, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 134 de la Constitución”.

LO QUE AMERITA SANCIÓN
Durante la sesión extraordinaria de este sábado, el Consejo General dio a conocer los cinco apartados que formarán parte del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025, los cuales, de ser violados podrán ser motivo de sanción de conformidad con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

A. Participación de personas servidoras públicas en funciones que ostenten una candidatura.

B. Participación de personas ministras de culto.

DO. Límites normativos en la etapa de campaña electoral, comprendida del 30 de marzo al 28 de mayo de 2025.

D. Modalidades y medios de participación de las personas candidatas en Foros de Debate.

MI. Veda electoral, que por definición legal son los tres días anteriores al 1 de junio, esto es, los días 29, 30 y 31 de mayo de 2025.

AJUSTES CONTRARRELOJ
Por otro lado, las consejerías del INE también aprobaron el Marco Geográfico Electoral para dicho proceso de los estados de Nayarit, Quintana Roo, Veracruz, Yucatán y Zacatecas, con el que se definen las demarcaciones territoriales para los comicios en cada una de estas entidades.

Además, se recibió el Informe sobre el desarrollo del procedimiento para la acreditación de la ciudadanía interesada en participar como observadora electoral en éste y se aprobó el Plan de difusión para los promocionales sobre las candidaturas del mismo proceso electoral, el cual se realizó del 13 de diciembre del año 2024 al 24 de marzo del año en curso.

Cabe aclarar que, de estas solicitudes registradas, 437 de ellas se recibieron en las juntas locales ejecutivas de este Instituto, 93 en las sedes de los Organismos Públicos Electorales Locales y 65 mil 429 a través del portal público que se habilitó para tal efecto”, dijo el consejero que preside la Comisión Temporal del Proceso Electoral Extraordinario, Jorge Montaño Ventura.

El informe revela que se han aprobado un total de dos mil 636 acreditaciones, de las cuales mil 505 corresponden a mujeres y mil 131 a hombres. También destaca que a la fecha de corte se han impartido 12 mil 144 cursos de capacitación, de los cuales de las mil 122 han sido de forma presencial y 10 mil 992 de manera virtual a través del portal público.

Asimismo, el Instituto menciona que se han realizado 16 mil 851 acciones de difusión, de las cuales 14 mil 553 corresponden al INE y 2 mil 298 a los Organismos Públicos Locales Estatales, de las cuales destaca que un total de mil 323 acciones se han dirigido a grupos en situación de vulnerabilidad.

Cabe aclarar que la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral seguirá dando seguimiento a dichas actividades en los 32 Organismos Públicos Locales para seguir fomentando las de difusión e invitar a la ciudadanía a participar en la observación electoral, así como registrarlas en el sistema respectivo, con el objetivo de tener una alta participación de la ciudadanía en todo nuestro país”, señaló el consejero.

Por último, se avaló modificar los Lineamientos para la Fiscalización de los Procesos Electorales del Poder Judicial, Federal y Locales, en cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del TEPJF y se dio respuesta a las consultas de candidatos judiciales que amplían el catálogo de sanciones en materia de cancelación de registros.

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