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Home Política

Avanza en Comisiones del Senado la nueva Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión

Por: Redacción
junio 28, 2025
En Política
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Avanza en Comisiones del Senado la nueva Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión
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Sin artículos de censura o que propicien el bloqueo de plataformas digitales, pero con dudas de la oposición sobre su carácter autoritario, Comisiones del Senado aprobaron la Nueva Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

“… Se eliminan los artículos que otorgaban atribuciones a la Secretaría de Gobernación y a la Agencia de Transformación Digital para intervenir contenidos o bloquear plataformas, se protege nuestra soberanía con la limitación de propaganda extranjera sin afectar la libre expresión… A los concesionarios les garantizamos mayor certeza jurídica y condiciones de libre competencia…”

José Antonio Álvarez Lima, senador de Morena.

El sector será regido por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, un órgano desconcentrado de la Agencia de Transformación Digital, integrado por cinco comisionados nombrados en forma escalonada por el Ejecutivo federal y ratificados por el Senado de la República.

“… La mayoría de las atribuciones que esta ley confería directamente a la Agencia, hoy quedan en manos de este agente regulador, son diez en concreto las atribuciones que se le están otorgando, lo cual nos parece un avance dado que es un agente colegiado…”

Alejandra Barrales, senadora de Movimiento Ciudadano.

Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión

Se mantiene la prohibición de difundir propaganda de Gobiernos extranjeros; la restricción se extiende a las plataformas digitales y las sanciones ascienden hasta el 5% de los ingresos del concesionario, programador o plataforma digital.

Asimismo, se mantiene la neutralidad de la red y la privacidad de los contenidos, y se autoriza a la Comisión a suspender precautoriamente las transmisiones:

Artículo 132. Los concesionarios y los autorizados deberán prestar el servicio de acceso a Internet respetando la capacidad, velocidad y calidad contratada por el usuario, con independencia del contenido, origen, destino, terminal o aplicación.

Artículo 107. La información que se transmita a través de las redes y servicios de telecomunicaciones será confidencial.

Artículo 208. Corresponde a la Comisión:

IV. Ordenar la suspensión precautoria de las transmisiones que violen las normas previstas en esta Ley en las materias a que se refieren las fracciones II y III, previo apercibimiento.
Concesionarios de telecomunicaciones

Según el artículo 183, los concesionarios de telecomunicaciones deberán:

I. Colaborar con las instancias de seguridad, procuración y administración de justicia en la localización geográfica, en tiempo real, de los equipos terminales, en los términos que establezcan las leyes.

II. Conservar un registro y control de comunicaciones que se realicen desde cualquier tipo de equipo terminal o línea que utilice numeración propia o arrendada

“… El autorizado deberá conservar los datos referidos en el párrafo anterior durante los primeros doce meses en sistemas que permitan su consulta y entrega en tiempo real a las autoridades competentes, a través de medios electrónicos…”

Oposición se pronuncia

La oposición advirtió que prevalece un afán de vigilancia a la ciudadanía.

“… Ya no existe el INAI, antes había un órgano constitucional autónomo garante de la protección de los datos personales, insisto, no hay texto sin contexto, cómo vamos a aceptar geolocalización en tiempo real, si desaparecieron al regulador…”

Ricardo Anaya Cortés, senador del PAN

Entre las novedades, se establece que los servicios de telefonía móvil únicamente podrán ser habilitados por el operador cuando el usuario presente la CURP para personas físicas, y el RFC para personas morales.

“… ¿Esto qué significa? Que para poder tener un celular, para comunicarse, navegar por internet, el Estado debe saber ¿quién eres?, ¿cómo te llamas?, ¿dónde estás? El artículo 183 obliga a las empresas de telecomunicaciones a entregar información geográfica en tiempo real y conservar un registro de nuestras comunicaciones por 24 meses, esto significa vigilancia masiva…”

Néstor Camarillo Medina, senador del PRI

Por su parte, Javier Corral Jurado, senador de Morena, apuntó:

“… Para que todo aquel que compra un chip se pueda identificar, ¿qué, vamos a dejar a las fuerzas oscuras para que todo mundo pueda tener dispositivos móviles como instrumentos del delito?..”

El dictamen fue aprobado con 29 votos a favor, cuatro en contra y cuatro abstenciones. Fue turnado a la mesa directiva del Senado para someterlo a consideración del Pleno.

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